La Integración es el resultado de la unión de Estados o agrupaciones internacionales. Esta unión usualmente está dedicada a establecer regulaciones destinadas a sus miembros, para cumplir con un propósito específico; no obstante, para llegar a tal propósito debe haber renuncias a intereses particulares. El Ecuador ha firmado y ratificado varios convenios internacionales que han permitido su integración a uniones, comunidades y bloques que buscan cumplir con intereses comunes para la región. En lo principal, los tratados suscritos por el Ecuador se han vinculado principalmente a una unión que permita el desarrollo para los países que conforman Latinoamérica, por tal motivo el Ecuador es miembro de la Comunidad Andina de Naciones CAN.
La Comunidad Andina de Naciones, es un bloque regional conformado por Ecuador, Colombia, Perú, Bolivia y los organismos del Sistema Andino de Integración. Esta comunidad fue creada con la suscripción del Acuerdo de Cartagena del 26 de mayo de 1969, con el propósito de formar una alianza económica, política y social para la región conformada por los países miembros. Lamentablemente, este bloque ha sufrido un debilitamiento causado por las distintas posiciones políticas, siendo de impacto la salida de Venezuela debido a la firma del Tratado de Libre Comercio de Perú y Colombia con Estados Unidos. Los objetivos y normas planteados inicialmente en el Tratado de Cartagena, tratado que dio paso a la creación de la CAN, han perdido prioridad por los acuerdos realizados por varios miembros. El arancel externo común, es uno de los ejes fundamentales tratados por la CAN y es un tema de suma importancia cuando se habla de integración, sin embargo este objetivo no ha sido ni será alcanzado por el momento. Actualmente, el Ecuador se encuentra considerando su permanencia en la CAN por la falta de protección a barreras arancelarias y de beneficios de pertenecer al bloque, en específico se toma en cuenta la balanza comercial con Colombia, la cual es negativa e impone barreras de entrada.
En vista de las complicaciones en la balanza comercial, es decir la cantidad de exportaciones en relación con la cantidad de importaciones, en la actualidad el Ecuador está considerando integrarse al Mercado Común del Sur MERCOSUR, creado el 26 de marzo de 1991 con la firma del Tratado de Asunción, mercado unitario cuyos miembros son: Argentina, Paraguay, Uruguay y Brasil. El Tratado de Asunción establece los parámetros y objetivos del mismo, que son la zona de libre comercio, arancel externo común y el manejo de políticas comerciales, objetivos de integración claros que se han ido cumpliendo a cabalidad.
La unión de países permite un gran desarrollo para la economía de cada Estado, toda vez que así se saca provecho de las riquezas y las medidas comúnmente aceptadas por sus miembros. Como ya se mencionó, los ideales políticos y los distintos tipos de gobiernos provocan la adhesión y separación de los países a los distintos bloques de integración existentes. Sin embargo, uno de los primeros errores que habría que analizar es la subsistencia de dos bloques Latinoamericanos que son la CAN y el MERCOSUR. A fin de que una unión con objetivos claros para la mejora económica se cumpla, sería más lógico y conveniente que se establezca una sola comunidad para toda Latinoamérica. Brasil ha dado la iniciativa de formar en un futuro la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN), la cual permitiría un organismo único de integración para los países de América del Sur.
Como es de común conocimiento, las decisiones del Ecuador en el ámbito de la integración han sido sesgadas por el pensamiento del gobierno de Venezuela. Sin embargo, por la inestabilidad en la que se encuentra el Estado Venezolano en este momento, se espera que el Ecuador adquiera independencia en cuanto a este tema en particular. Ahora bien, la decisión a la que se enfrenta el Ecuador sobre su permanencia en la CAN o su integración al MERCOSUR debe ser analizada directamente bajo el punto de vista económico. El Mercado Común del Sur plantea objetivos ventajosos para el comercio y los aranceles, comercian anualmente 150,000 millones de dólares y además se encuentra conformado por países como Brasil y Uruguay los cuales han presentado un crecimiento sustancioso en sus economías. Por otro lado, la Comunidad Andina de Naciones cuya creación se remonta al año 1969, lógicamente cuenta con mayor antigüedad que el MERCOSUR y pese a que comercian apenas 9,000 millones de dólares, ha generado una conducta de exportaciones de alto nivel entre sus miembros.
De los datos antes planteados, se entendería que la opción más acertada para el Ecuador sería renunciar a la Comunidad Andina de Naciones e ingresar al MERCOSUR. No obstante, se debe considerar que el Ecuador estaría en una desventaja al entrar a un sistema de integración nuevo para el Estado, que causaría una inseguridad jurídica hasta que se adapte a esta nueva iniciativa. Por otro lado, dentro de un sistema de integración es preciso entender que lo óptimo para que este funcione sería el tener objetivos claros y una conducta equitativa y uniforme para todos sus miembros con el fin de que haya satisfacción en las decisiones tomadas entre todos las parte de la unión.
Como ya se vino acotando, el establecer un arancel externo común es una de las principales ventajas para una unión, pero en la CAN esto ha sido difícil de conseguir, lo que obligó a Colombia y a Perú a adoptar el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos y lo que causó la salida de Venezuela de la CAN. La actitud de Colombia y Perú es totalmente entendible pues buscaba sobrepasar las barreras arancelarias y permitir mejoras en cuanto a la economía y la inversión extranjera, pero más que nada lo hecho por estos países se encontraba dentro del marco regulatoria de la CAN. La Decisión 598 sobre Relaciones Comerciales con Terceros Países en sus artículos 1 y 6, deciden:
Art. 1.- Los Países Miembros podrán negociar acuerdos comerciales con terceros países, prioritariamente de forma comunitaria o conjunta y excepcionalmente de manera individual. (Negrilla y subrayado fuera de texto)
Art. 6.- Las negociaciones comerciales autorizadas mediante la presente Decisión podrán tener como propósito el establecimiento de áreas de libre comercio, y podrán referirse a temas distintos a la liberalización del comercio de mercancías. (Negrilla y subrayado fuera de texto)
En virtud de lo anterior, podemos ver que la actuación de Perú y Colombia era totalmente legal y se encontraba regulada dentro de la CAN por lo que su decisión en cuanto a la firma de un TLC con Estados Unidos era con un fin estrictamente comercial y económico y jamás debió haber sido causa para que Venezuela salga de la CAN; al contrario, esto debió haber sido una iniciativa para comenzar con una apertura de mercado, toda vez que esto ha permitido que para el año 2011 la inversión extranjera para Colombia sea de 14,400 millones de dólares y de 7,659 millones de dólares para Perú, frente a los 567 millones de dólares que recibió el Ecuador. Afortunadamente, pese a la estrecha relación que Ecuador tenía con Venezuela, nuestro país se mantuvo en una postura neutral frente a lo ocurrido con Venezuela.
Finalmente, tras el análisis previamente realizado y en caso de que no se continué con la idea de formar una Comunidad Sudamericana de Naciones, de la cual el Ecuador debería formar parte, podemos concluir que nuestro Estado debería rechazar o hasta cierto punto posponer su ingreso al MERCOSUR y más bien permanecer dentro de la Comunidad Andina de Naciones pero adoptar una iniciativa más comercial parecida a la de Perú y Colombia. Adicionalmente, el Ecuador debería considerar la negociación de un TLC a fin de equilibrar su balanza comercial, establecer un arancel externo común y mejorar la inversión extranjera para así poder ser inclusive más competitivo. Lo anterior, podría lograrlo con permanencia en la CAN y actuado conforme lo permite la Decisión 598 del Acuerdo de Cartagena.
Por: Mario Ruiz Fernández
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